El Abogado en Casa.
LA LEGALIZACION DEL MOTOTAXISMO EN COLOMBIA.
LUIS CARLOS ESPAÑA GOMEZ.
Abogado Director FUNDACION JURIDICA
fundacionjuridicapopular@gmail.com
Tel: 7224823
A raíz de una acción popular tramitada en el Juzgado Cuarto Administrativo de Pasto, y luego de 120 días en Mesas de Trabajo, la FUNDACION JURIDICA logro lo que al inicio parecía imposible: un principio de acuerdo, plasmado en el PACTO DE CUMPLIMIENTO entre la Alcaldía Municipal, el Ministerio de Transporte, los transportadores organizadores, la Defensoría del Pueblo y los líderes de los impropiamente denominados “mototaxistas” hoy moto trabajadores, consistente en la presentación de un proyecto de decreto o de ley para la regulación del tema del mototaxismo en Colombia y a la vez, la obligación del Municipio de Pasto de generar fuentes de empleo no calificados, a través del Plan de Movilidad, como alternativa a quienes no desearan continuar con esa actividad informal de transporte. Revisada la sentencia por el Tribunal Administrativo de Nariño, se modifico el punto de incentivos, y se exigió incluir en el proyecto normativo un acápite especial de protección al medio ambiente.
Conscientes de la importancia nacional de este pronunciamiento judicial, nacido en nuestra tierra, la revista Publimotos (www.publimotos.com/nacionales/Tribunal-administrativo-de-narino-...) dio a conocer tanto el proyecto que en su oportunidad elaboramos, como las principales incidencias de la primera conquista judicial del gremio de moto trabajadores, y con antelación a terminar las mesas temáticas, tuvimos la oportunidad de participar en un Foro de Motociclistas en el seno del Congreso de la República.
No obstante, conocida la respuesta negativa del Ministerio de Transporte, la FUNDACION JURIDICA, previo consenso con la UNION DE MOTO TRABAJADORES DE NARIÑO en reunión celebrada el 29 de marzo último en la Personería, notifico la radicación del PROYECTO DE LEY POR EL CUAL SE REGULA EL DENOMINADO MOTOTAXISMO EN COLOMBIA, ante los 12 congresistas de Nariño, directamente en la ciudad de Bogotá por parte del Director Ejecutivo de la FUNDACION, y se acordó realizar una reunión en Pasto, para que en presencia del mayor número posible de moto trabajadores, los señores congresistas se pronuncien en cuanto a la presentación conjunta de este proyecto, con miras luego a conformar un bloque unificado con los señores representantes y senadores de la Costa Atlántica, del Cauca y otras zonas en donde opera este fenómeno social.
Reseñado lo acontecido en la acción popular tramitada en Pasto, cuyo segundo punto, es decir la generación de empleo por parte de la Alcaldía Municipal no ha sido cumplido, y será objeto de un incidente de desacato, resulta pertinente hacer conocer un segundo fallo muy importante, proferido por el Tribunal Administrativo del Cauca, en donde logramos anular el Acuerdo 029 del Concejo Municipal que fijaba el incremento de tarifas de los parqueaderos, decisión que ya fue confirmada por el Consejo de Estado, al declarar desierto el recurso de apelación interpuesto por el Municipio del Cauca.
Al efecto, Publimotos (www.publimotos.com/.../otro-triunfo-de-los-motociclistas-en-el-cauc..), hizo la siguiente reseña:
Luego de la primera sentencia nacional sobre el mototaxismo, La Fundación Jurídica Popular de Colombia presenta la Sentencia proferida por el Tribunal Administrativo del Cauca, dentro del Proceso de Nulidad interpuesto contra el Acuerdo que fijó las tarifas de los parqueaderos. El municipio de Popayán presentó el Proyecto de Acuerdo 029 la Concejo Municipal, elevando la tarifa de los parqueaderos en un 500% sin previo estudio económico como lo exige el Artículo 168 del Código Nacional de Tránsito. El Concejo se limitó a aprobar el Acuerdo, transgrediendo el Artículo 338 de la Constitución Nacional, al no fijar el sistema, método y la base gravable de la tasa. Con la Sentencia del Tribunal Administrativo del Cauca, se restablece el imperio de la legalidad y quedan vigentes los acuerdos derogados. La Sentencia fue apelada por el Municipio, seguramente para dilatar el proceso porque no se sabe con qué fundamento, cuando el Concejo de Estado lo confirme, las personas afectadas con las tarifas ilegales tienen acción para ser indemnizados. Este caso sirve de precedente para "tumbar" Decretos o Acuerdos similares en otras ciudades, donde también los motociclistas han sido afectados con cobros exagerados, de manera ilegal, como los partes por Mototaxismo (Código 87), donde se aplica Analogía.
Por intermedio de nuestro blog www.fundacionjuridicapopulardecolombia.blogspot.com o al correo fundacionjuridicapopular@gmail.com, estamos divulgando tanto el proyecto de ley sobre regulación del mototaxismo en Colombia, como la sentencia del Tribunal Administrativo del Cauca.
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