miércoles, 6 de abril de 2011

PROCEDIMIENTO PARA INTEGRARSE A LA DEMANDA COLECTIVA DRFE

EL PROCEDIMIENTO ES EL SIGUIENTE: DILIGENCIE LOS FORMULARIOS DE PODER, ORIGEN INVERSIÓN Y CONTRATO, con sus datos personales, explique la procedencia del dinero invertido y anexe soporte.

Autentique las tres firmas ante notaria o juzgado (Oficina Judicial Reparto).
Anexe: copia de la cédula, sin autenticar.
Anexe: ACTO ADMINISTRATIVO RECONOCIMENTO SALDO A FAVOR (Constancia Interventor, la cual puede bajar por internet, con su número de cédula de las páginas www.dmgholdingintervenida.com.co y www.drfeintervenida.com.co)

NOTA: En caso de no haber remitido los originales de los recibos del DRFE o de las TARJETAS PREPAGO no figura en la base de datos de la interventora, por lo cual no es posible la impresión de la constancia.

Anexe: Documentación presentada a la Agencia Interventora, derechos de petición, recursos si los tiene y respuestas o constancia.

Anexe: Prueba sobre el origen de la inversión (Extractos bancarios si se trataba de un préstamo o constancia del banco, o carta aprobación del préstamo; Certificado de Tradición si usted vendió una casa para invertir en estas entidades; Contrato de compraventa de vehículo, certificado laboral, etc.).

Anexe: Copia RUT, si lo exigió la entidad intervenida.

Anexe: Copia giro por Servientrega, por la suma de $40.000 si se trata de un solo poder. Dirija el giro a SERVIENTREGA PASTO, Centro Plaza de Nariño a nombre de LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ, C.C. 12979.007 de Pasto.

Atentamente,



LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ.
Abogado Director FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA.
T.P. 123877 del C.S.J.
C.C. 12979007 de Pasto.


NOTA: Dirija la documentación, en original y copia, por la misma SERVIENTREGA o por DEPRISA, a la sede de la FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA: Cra. 23 No. 19-58 of.505 EDIFICIO MONTSERRAT, PASTO.

MAYOR INFORMACIÓN: Tel: (092) 7224823 Cel: 3148927116

martes, 5 de abril de 2011

Luis Carlos España Gomez habla sobre el Asesinato de Juan Carlos.wmv

COMUNICADO ESTADO PROCESOS DRFE Y DMG

COMUNICADO

Pasto, marzo 7 de 2011.

JUEZ NIEGA RECURSOS INTERPUESTOS POR EL GOBIERNO CON RELACIÓN A LA DEMANDA COLECTIVA DRFE

EN LA ACCIÓN DE GRUPO 2009-212, EN FAVOR DE LAS VICTIMAS DEPOSITANTES EN DRFE, DEL JUZGADO 35 ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ, ADMITIDA DESDE EL 7 DE OCTUBRE DE 2009, MEDIANTE AUTO DEL 24 DE FEBRERO DE 2011, FUERON NEGADOS LAS REPOSICIONES INTERPUESTAS POR LAS ENTIDADES DEMANDADAS CONTRA EL AUTO ADMISORIO. ESTO SIGNIFICA QUE SE CONFIRMA LA ADMISIÓN Y CONTINUA EL PROCESO, SIENDO UNA EXCELENTE NOTICIA PARA LAS PERSONAS QUE DEMANDARON LA INDEMNIZACIÓN DE PERJUICIOS.

LA DEMANDA COLECTIVA ACCIÓN DE GRUPO A FAVOR DE LAS VICTIMAS TARJETA HABIENTES DMG, CURSA EN EL JUZGADO 17 ADMINISTRATIVO DE BOGOTÁ, RADICACIÓN 2009-358, ADMITIDA DESDE EL 15 DE DICIEMBRE DE 2009, SE ENCUENTRA EN PROCESO DE ACUMULACIÒN, POR CUANTO EXISTEN VARIAS DEMANDAS SIMILARES POR DIFERENTES GRUPOS DE VICTIMAS, QUEDANDO EL PROCESO EN EL JUZGADO 3 ADMINISTRATIVO DE LA MISMA CIUDAD, SEGÚN LO DISPUESTO EN AUTO DEL 25 DE FEBRERO DE 2011.

SI USTED CONOCE A OTRAS PERSONAS QUE NO HAYAN DEMANDADO, TODAVÍA PUEDEN VINCULARSE AL PROCESO.

Atentamente,

LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ.

Abogado Director FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA.

fundacionjuridicapopular@gmail.com

Tel. (092) 7224823 Cel. 3148927116

Cra. 23 No. 19-58 oficina 505 PASTO.

AVISO A LA COMUNIDAD

AVISO A LA COMUNIDAD

DE CONFORMIDAD AL ARTÍCULO 55 DE LA LEY 472 DE 1998, LA FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR, INFORMA A LAS PERSONAS INTERESADAS EN ADHERIRSE A LAS SIGUIENTES DEMANDAS COLECTIVAS EN CONTRA DEL ESTADO, POR INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS, A FAVOR DE QUIENES PERDIERON RECURSOS EN PROYECCIONES D.R.F.E. O EN D.M.G.:

1) Acción de Grupo 2009-212. Juzgado 35 Administrativo de Bogotá. Afectados Intervención DRFE vs. NACIÓN, Dian y otros. Auto Admisorio: 7 de octubre de 2009.

2) Acción de Grupo 2009-358. Juzgado 17 Administrativo de Bogotá. Afectados Tarjeta Habientes DMG vs. NACIÓN, Dian y otros. Auto Admisorio: 15 de diciembre de 2009.

LAS ACCIONES CONSTITUCIONALES MENCIONADAS, TIENEN COBERTURA NACIONAL, ES DECIR QUE PUEDEN INTEGRARSE PERSONAS RESIDENTES EN TODO EL PAIS.
Atentamente,

LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ.
Abogado Director FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA.

INFORMES: fundacionjuridicapopular@gmail.com 3148927116
Edificio Montserrat of.505 Carrera 23 No. 19-58 Tel: 7224823 Cel: 3148927116 PASTO.

CONTRATO PROCESO DRFE

CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS PROFESIONALES


Conste por el presente contrato que entre nosotros, a saber: ___________________________________________________, identificado como aparece al pie de mi firma, quien para efectos del siguiente contrato se conocerá como EL CLIENTE, y LUIS CARLOS ESPAÑA GOMEZ , identificado con c.c. 12.979.007 de Pasto y t.p. 123.877 del C.S.J. a quien se denominará EL ABOGADO, el cual se regirá por las siguientes CLAUSULAS:


PRIMERA: El ABOGADO LUIS CARLOS ESPAÑA GOMEZ, se obliga a prestar sus servicios profesionales a la parte interesada con el fin de instaurar, gestionar y terminar:

 Proceso de ACCIÓN DE GRUPO en contra de la NACIÓN COLOMBIANA, siendo demandantes los AFECTADOS DRFE. (Integraciòn al Grupo)


SEGUNDA: EL CLIENTE, se compromete a presentar las pruebas y documentos que el caso requiera y a pagar en contraprestación al ABOGADO, por honorarios el equivalente al veinte (20%) de las utilidades del proceso de acción de grupo, en caso de resultado favorable, porcentaje que será reconocido de ser necesario ante la Defensoría del Pueblo, posteriormente a la sentencia. A la fecha de este contrato, cancela la suma de $40.000,oo


TERCERA: EL CLIENTE, no podrá revocar el poder sin justa causa debidamente comprobada. Si lo hiciere, de todas maneras pagará la totalidad de sus honorarios pactados en este contrato. La prestación del servicio profesional de abogacía se entiende de medio no de resultado.-


CUARTA: Este CONTRATO presta mérito ejecutivo, sin necesidad de requerimiento judicial, extrajudicial, reconocimiento, previos ni constitución en mora, derechos a los cuales renuncia la CLIENTE. En constancia se firma a los _________________________( ) del mes de_______________del año dos mil once(2011).


EL CLIENTE:




_____________________________ __________________________
C.C. LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ.
Dirección: Abogado.
Tel:
E.mail:

FORMATO ORIGEN DE INVERSIÒN

Señor
JUEZ 35 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C.
E.S.D.






REFERENCIA: ACCION DE GRUPO TARJETA HABIENTES DMG VS NACION. 2009-212




________________________________________, mayor de edad y vecino de esta ciudad, identificado al pie de mi firma, en mi condición de VICTIMA DEPOSITANTE EN PROYECCIONES DRFE, por valor de $_______________ manifiesto a usted, bajo la gravedad del juramento, que los recursos invertidos son producto de:
__________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________________

En consecuencia he sufrido perjuicios en mi patrimonio, consistentes en daño emergente y lucro cesante, incluyendo a mi familia, lo cual ha deteriorado la calidad de vida y me ocasionado afectación de orden psicológica o pena moral, por lo cual soy acreedor a indemnización por perjuicios morales.



Atentamente,




_______________________________
C.C.
Domicilio:
Teléfono:
E-mail:

PODER DEMANDA COLECTIVA DRFE

FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA
NIT 814004588-1 fundacionjuridicapopular@gmail.com

Carrera 23 No. 19-36 OF.506 Edificio Montserrat Tel: 7224823 PASTO.
_____________________________________________________________________________________



Señor
JUEZ 35 ADMINISTRATIVO DEL CIRCUITO DE BOGOTA D.C.
E¬. S. D.









Referencia: Acción de Grupo Afectados DRFE
vs. NACIÓN. 11001333103520090021200





____________________________________________, identificado(a)
al pie de mi firma, obrando en mi propio nombre, como integrante del grupo de víctimas en referencia, afectados por la intervención estatal, respetuosamente,



MANIFIESTO:



Que confiero poder especial, amplio y suficiente al abogado LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ, identificado con cédula de ciudadanía número 12979007 de Pasto, y tarjeta profesional 123877 del Consejo Superior de la Judicatura, para que solicite mi integración al GRUPO DE VICTIMAS, en la acción constitucional de ACCIÓN DE GRUPO en contra de la NACIÓN, Superintendencia Financiera de Colombia; Superintendencia de Sociedades; Ministerio de Hacienda y Crédito Público; Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN; Fiscalía General de la Nación, dirigida a obtener el reconocimiento y pago de una indemnización colectiva por los perjuicios ocasionados derivados de la omisión estatal que posibilitó la captación masiva de dineros, e intervenir en forma tardía, con extralimitación en las medidas cautelares además de haber cobrado impuestos por parte de la DIAN, todo lo cual configura daño antijurídico, de conformidad a los hechos, pruebas y pretensiones de la demanda, manifestando que me acojo al fallo. Dígnese concederme amparo de pobreza, por encontrarme dentro de las condiciones establecidas en los artículos 160 a 163 del C. de P.C.





Faculto a mi apoderado en forma amplia y plena para recibir, notificarse, conciliar, desistir, transigir, aportar y solicitar pruebas, renunciar, sustituir, reasumir, vincular a otras entidades o personas a la demanda, señalar la cuantía de los perjuicios y ejercer mi representación con las mismas facultades iniciales, ante la Defensoría del Pueblo, en toda actuación posterior a la sentencia.


Sírvase reconocerlo como Abogado Director de Grupo.


Del señor Juez; respetuosamente:





____________________________
C.C.
Dirección:
Teléfono:



Acepto:





LUIS CARLOS ESPAÑA GÓMEZ.
T.P. 123877 del C.S. de la J.


_____________________________________________________________________________________
LUIS CARLOS ESPAÑA GÒMEZ
Abogado Director FUNDACIÒN JURÍDICA POPULAR lusitorey7@yahoo.es Cel: 3148927116