jueves, 17 de mayo de 2012

EDITORIAL DE LA PARILLA.


La Parilla.  17 de mayo de 2012.    Primera edición.

EDITORIAL.

EL DRAMA DEL IMPUESTO PREDIAL.

Conocidos los resultados del Debate de la Comisión Segunda del Senado y del proceso de movilización ciudadana contra la antipopular e ilegal actualización catastral, voceros comunitarios pidieron al Gobierno Nacional y Municipal la conformación inmediata de la MESA AMPLIADA con el objeto de discutir y acordar la revocatoria  o la prorroga de dicha medida, con fundamento en las violaciones al debido proceso y falta de inoponibilidad frente a terceros, denunciadas en el Senado, sin que las explicaciones del Director Nacional del  Instituto Geográfico Agustín Codazzi, se consideren suficientes, por cuanto la entidad no ofreció solución alguna frente a esta problemática que mantiene en vilo al pueblo de Pasto.

En este sentido, en nuestra condición de Director de la FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA,   y Codirector del programa LA PARRILLA, manifestamos:  "Es hora de acabar con la demagogia y las medias tintas.  Pasto exige soluciones concretas y no simples alivios ponderados.  El problema hoy,  es el avalúo porque constituye la base gravable y tendremos que soportar cinco años más de impuestos doblados en una progresión geométrica perversa.  Ahora le toca al Poder Judicial, el cual constituye nuestra última esperanza para impedir el abuso del cual es objeto nuestro pueblo."


1)    LAS VIOLACIONES AL DEBIDO PROCESO OBLIGAN A DEMANDAR LA NULIDAD DEL ACTO.

Ante la flagrante violación del procedimiento establecido en la Resolución 070 de 2011, por parte del IGAC Regional Nariño, quien desconoció las normas rectoras establecidas por la misma entidad a nivel nacional,  en cuanto a la fecha de publicación de la resolución de inscripción en el catastro,  - DIARIO OFICIAL  48.327 del  29 de enero de 2012-;  así como  la fecha de entrega de la base catastral  al municipio de Pasto ( 2 de febrero de 2012),  y la iniciación de los trabajos de avalúos antes del 1 de junio de 2011,   cuando inició la vigencia de la Resolución 070,   fue radicada una DEMANDA DE NULIDAD contra la Resolución 52-000-043-2011, con solicitud de SUSPENSIÓN PROVISIONAL,  medida cuyos resultados se esperan conocer antes del 30 de junio del año en curso, fecha en que vence el pronto pago, y que implicaría que el municipio, forzosamente se vea obligado a reliquidar el Predial con fundamento en el avalúo 2011 mas el incremento del 3% al tenor del Decreto Nacional 4922 de 2011.




2)   LAS VIOLACIONES DENUNCIADAS Y  LA FALTA DE IDONEIDAD DEL PERSONAL CONTRATADO POR EL IGAC, EXIGEN INTERVENCIÓN DE LA PROCURADURIA.


Mediante escrito radicado ante la Personería Municipal de Pasto,  se solicito la practica de visitas especiales tanto al IGAC como a la Secretaria de Hacienda Municipal para verificar el numero y forma de resolución de los reclamos ciudadanos, así como otras irregularidades detectadas en el procedimiento seguido por el IGAC.  Formalmente  fue solicitada la intervención    del PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, doctor  Alejandro Ordoñez Maldonado,  para que investigue y sancione las graves inconsistencias y fallas tanto en el procedimiento de actualización catastral, como en la contratación del personal encargado de los avalúos, ademas de la falta de notificación al alcalde de la época, con relación a la providencia de iniciación de la actualización catastral, emitida el 7 de abril de 2011. 

3)      QUE HACER AHORA?

Hay una fecha que fue ampliada, para el descuento por pronto pago: vence el 30 de junio.  Ya se  logro un alivio ponderado del  25 al 35% pero no es suficiente. Ahora a seguir atacando el avaluó:    la consigna es revocatoria o prorroga.

La FUNDACION JURIDICA POPULAR  hace un llamado a la comunidad para vincularse en forma masiva   a las demandas colectivas y acciones constitucionales en curso.  Quienes no han demandado, e incluso los que ya pagaron pueden hacer sus reclamos por intermedio de la FUNDACION JURIDICA. Nosotros los estamos asesorando para el reclamo ante el IGAC  y las demandas correspondientes, en la sede de la FUNDACION JURIDICA encontraran la informacion correspondiente, en la carrera 13 No. 19-58 Tercer Piso del EDIFICIO MONTSERRAT   Tel: 7224823 Cel: 3148927116. 
________________________________________________________________________________
Editorial de mañana:   EL DECRETAZO.  El porqué es ilegal restringir la movilidad de parrillero en motocicleta.  El drama de los embargos de las motos.   

HOY ARRANCA "LA PARRILLA" SU MAGAZIN AL AIRE.


"LA PARRILLA", es el nuevo magazin al aire. Los invitamos a sintonizarnos en Radio Viva, dial 1250 del A.M. lunes a viernes de 4 a 6 p.m. "La Parrilla, donde solo se prepara lo mejor": noticias, opinión, musica y participacion de los oyentes. 
Usted nos consulta, nosotros le respondemos. 

LA PARRILLA, SU MAGAZIN AL AIRE. 

Con NICOLAS TORO MUÑOZ y LUIS CARLOS ESPAÑA GOMEZ.

Iniciamos hoy,  17 de mayo a las 4 p.m. 
Temas:           El drama de los motociclistas en Pasto, y de los contribuyentes del Impuesto Predial. 
                      Mañana: El TLC: estamos preparados?
Por internet: www.radioviva.com.co
RADIOVIVA.COM.CO - Organización Solarte S.C.A.
www.radioviva.com.co
Emisora Radioviva 1250 AM desde San Juan de Pasto, Nariño
.

domingo, 13 de mayo de 2012

DEMANDAN LA NULIDAD DE LA ACTUALIZACIÓN CATASTRAL



ACCIONES EFECTIVAS CONTRA EL PREDIAL.

DEMANDAN LA NULIDAD DE LA ACTUALIZACIÓN CATASTRAL.


Conocidos los resultados del Debate de la Comisión Segunda del Senado y del proceso de movilización ciudadana contra la antipopular e ilegal actualización catastral, voceros comunitarios pidieron al Gobierno Nacional y Municipal la conformación inmediata de la MESA AMPLIADA con el objeto de discutir y acordar la revocatoria  o la prorroga de dicha medida, con fundamento en las violaciones al debido proceso y falta de inoponibilidad frente a terceros, denunciadas en el Senado, sin que las explicaciones del Director Nacional del  Instituto Geografico Agustín Codazzi, se consideren suficientes, por cuanto la entidad no ofreció solución alguna frente a esta problemática que mantiene en vilo al pueblo de Pasto.

En este sentido,  Luis Carlos España Gómez,  Director de la FUNDACIÓN JURÍDICA POPULAR DE COLOMBIA,   y del espacio radial  "EL ABOGADO EN CASA", manifestó:  "Es hora de acabar con la demagogia y las medias tintas.  Pasto exige soluciones concretas y no simples alivios ponderados.  El problema hoy,  es el avalúo porque constituye la base gravable y tendremos que soportar cinco años mas de impuestos doblados en una progresión geométrica perversa.  Ahora le toca al Poder Judicial, el cual constituye nuestra ultima esperanza para impedir el abuso del cual es objeto nuestro pueblo."  

Por otra parte hizo conocer que ante la flagrante violación del procedimiento establecido en la Resolución 070 de 2011, por parte del IGAC Regional Nariño, quien desconoció las normas rectoras establecidas por la misma entidad a nivel nacional,  en cuanto a la fecha de publicación de la resolución de inscripción en el catastro,  - DIARIO OFICIAL  48.327 del  29 de enero de 2012-;  así como  la fecha de entrega de la base catastral  al municipio de Pasto ( 2 de febrero de 2012),  y la iniciación de los trabajos de avaluos antes del 1 de junio de 2011,   cuando inició la vigencia de la Resolución 070,   fue radicada una DEMANDA DE NULIDAD contra la Resolución 52-000-043-2011, con solicitud de SUSPENSIÓN PROVISIONAL,  medida cuyos resultados se esperan conocer antes del 30 de junio del año en curso, fecha en que vence el pronto pago, y que implicaría que el municipio, forzosamente se vea obligado a reliquidar el Predial con fundamento en el avalúo 2011 mas el incremento del 3% al tenor del Decreto Nacional 4922 de 2011.  

EXIGEN INTERVENCIÓN DE LA PROCURADURIA. 

Finalmente, indicó que mediante escrito radicado ante la Personería Municipal de Pasto,  se solicito la practica de visitas especiales tanto al IGAC como a la Secretaria de Hacienda Municipal para verificar el numero y forma de resolución de los reclamos ciudadanos, así como otras irregularidades detectadas en el procedimiento seguido por el IGAC.  Formalmente  fue solicitada la intervención    del PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN, doctor  Alejandro Ordoñez Maldonado,  para que investigue y sancione las graves inconsistencias y fallas tanto en el procedimiento de actualización catastral, como en la contratación del personal encargado de los avaluos, ademas de la falta de notificación al alcalde de la época, con relación a la providencia de iniciación de la actualización catastral, emitida el 7 de abril de 2011. 

sábado, 12 de mayo de 2012

DEBATE DE CONTROL POLÍTICO AL PREDIAL EN PASTO




LA FUNDACIÓN JURÍDICA HACE UN RECONOCIMIENTO ESPECIAL AL SENADOR CAMILO ROMERO,  POR SU COLABORACIÓN FRENTE A LA MESA DIRECTIVA DE LA COMISIÓN SEGUNDA,  LA CUAL POSIBILITÓ NUESTRA INTERVENCIÓN EN EL DEBATE CELEBRADO EL 8 DE MAYO DE 2012.

COMO LO EXPRESAMOS EN NUESTRO PROGRAMA "EL ABOGADO EN CASA" DE HOY, SÁBADO, 12 DE JULIO,  ESPACIO QUE CONTÓ CON LA PARTICIPACIÓN DEL SENADOR GUILLERMO GARCIA REALPE, JESUS MARTINEZ BETANCOURTH, HAROLD RUIZ,Y SENADOR CAMILO ROMERO,   LAS PRINCIPALES CONCLUSIONES DEL EVENTO, PUEDEN COMPENDIARSE ASÍ:

1o.- Demostración fehaciente de la violación del debido proceso en la actualización catastral, por parte del IGAC Regional Nariño, y falta de inoponibilidad del acto administrativo que ordena la inscripción en el catastro ante terceros, por la publicación extemporánea en el Diario Oficial y la entrega tardía de la base catastral al Municipio, hechos admitidos por el Director Nacional del IGAC.

2o.-En consecuencia, se impone la solicitud de revocatoria del acto administrativo por el IGAC,  o la prorroga de la actualización por un año,  por parte del Gobierno Nacional a solicitud del Concejo Municipal de Pasto,, ademas de rehacerse la actualización, debido a las especiales condiciones sociales y económicas que afectan a Pasto, al tenor de la Ley 14 de 1983, articulo 10.


3o.-Necesidad de instalar la Mesa Ampliada, en orden a acordar estas medidas y hacer seguimiento a los miles de reclamos ciudadanos ante el IGAC y Secretaria de Hacienda.  Dicha Mesa estaría integrada por las autoridades catastrales y municipales, el Concejo Municipal, los actores y voces sociales y la clase política de Nariño en BOGOTA.


4o.-Agotados como se encuentran los caminos previos del Cabildo Abierto,  la presión social reflejada en las movilizaciones y ahora, el control político del Senado,    para efectos prácticos y como orientación a los ciudadanos,   -en caso de persistir la actitud del IGAC, entidad que puede optar por no tomar ninguna de las alternativas planteadas-  solamente nos queda como única esperanza  la respuesta del  Poder Judicial, frente a las demandas y demás acciones jurídicas interpuestas por la FUNDACIÓN JURÍDICA,     en orden a viabilizar la violación flagrante de las normas superiores  por parte del acto demandado,   adoptando  de entrada  la SUSPENSIÓN PROVISIONAL, decisión que se aspira sea tomada antes del 30 de junio de 2012, cuando se vence el plazo del pronto pago.  Igualmente resulta crucial la intervención de la Procuraduria General de la Nación, según solicitud que al afecto se esta interponiendo, en orden a investigar las falencias e irregularidades de tipo contractual y del procedimiento seguido por  IGAC, así como la forma y resultados de los avaluos.  

PROYECTO DE LEY PARA CREDITOS DEL ICETEX SIN INTERESES PARA ESTRATOS 1,2, Y 3



POR CONSIDERARLO DE INTERÉS PARA LA COMUNIDAD UNIVERSITARIA, PUBLICAMOS A CONTINUACIÓN EL INFORME DE PONENCIA AL PROYECTO DE LEY SOBRE EXENCIÓN DE COBROS DE INTERESES EN LOS CRÉDITOS DEL ICETEX, PARA ESTRATOS 1, 2 Y 3, PUBLICADO EN LA:

GACETA DEL CONGRESO 218
10/05/2012


INFORME DE PONENCIA PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY 120 DE 2011 SENADO, 071 DE 2010 CÁMARA

por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con la calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y se dictan otras disposiciones.

Doctora
OLGA LUCÍA SUÁREZ MIRA
Presidenta Comisión Sexta
Honorable Senado de la República
E.S.D.
Ref.: Informe de ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 120 de 2011 Senado, número 071 de 2010 Cámara, número 101 de 2010 Cámara acumulados, por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con la calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y se dictan otras disposiciones.
Señora Presidenta y honorables Senadores:
En los términos del artículo 153 de la Ley 5ª de 1992 y en cumplimiento de la designación de la Mesa Directiva de la Comisión Sexta Constitucional Permanente, me permito rendir ponencia para primer debate al Proyecto de ley número 120 de 2011 Senado, número 071 de 2010 Cámara, número 101 de 2010 Cámara acumulados, por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con la calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y se dictan otras disposiciones.
Presentado por:
Honorable Senador Plinio Olano Becerra,
Ponente.
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
1. Objetivos del proyecto
Diseñar un marco normativo que permita flexibilizar el sistema de créditos educativos brindados por el Icetex a estudiantes de bajos ingresos pertenecientes a estratos 1, 2 y 3, disminuyendo los costos mensuales educativos y aumentando las probabilidades de permanencia en la educación.
2. Antecedentes del proyecto
Iniciativa radicada por el honorable Representante Wilson Hernando Velásquez el 30 de agosto de 2010, bajo el numeral Proyecto de ley número 071 de 2010; posteriormente acumulado con el Proyecto de ley 101 de 2010, iniciativa de la autoría del honorable Representante David Barguil Assís.
Proyecto de ley asignado para su estudio y discusión por competencia a la Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes y por disposición de su Mesa Directiva, asignados como ponentes, los honorables Representantes Wilson Gómez Velásquez, Iván Darío Agudelo Zapata, Juana Carolina Londoño Jaramillo, Carlos Andrés Amaya Rodríguez, Atilano Alonso Giraldo Velásquez, Dídier Alberto Tavera Amado, Wilson Néber Arias Castillo.
Para la ponencia de primer debate en dicha célula legislativa, se presentaron dos ponencias. Siendo aprobada la ponencia mayoritaria en sesión ordinaria de la honorable Comisión Sexta Constitucional Permanente de la Cámara de Representantes los días 3 y 17 de mayo de 2011.
En sesión Plenaria del día 30 de agosto de 2011, fue aprobado en Segundo Debate el Texto Definitivo del Proyecto de ley número 071 de 2010 Cámara, acumulado con el Proyecto 101 de 2010 Cámara, por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y se dictan otras disposiciones.
En cumplimiento de lo preceptuado en el artículo 183 de la Ley 5ª de 1992, es enviado a esta Corporación para continuar con su trámite legal y reglamentario, siendo el suscrito designado como ponente para primer debate, por instrucción de la Mesa Directiva.
3. Justificación
En vista de las elevadas tasas de deserción universitaria, y el aumento de población joven que no puede tener acceso a la Educación Superior en razón a los costos educativos o falta de oportunidad económica, esta propuesta busca disminuir los costos mensuales educativos de los beneficiarios de créditos Icetex y aumentar las probabilidades de ingreso y permanencia de los mismos en la Educación Superior.
Aún más en vista de que el derecho al acceso a la educación superior tiene carácter prestacional y se traduce en la obligación del Estado de fomento al acceso a la Educación Superior, mediante los mecanismos que considere pertinentes, se hace necesaria la búsqueda e implementación de políticas que como esta propendan por tal fin.
Siendo la Educación, catalogada derecho fundamental[1][1] y principal herramienta para la disminución de la brecha social, con la intención de concurrir en la búsqueda de la prosperidad educativa y bajo la plena observancia de lo que el Principio de Igualdad ordena en dar prioridad a la población económicamente vulnerable (focalización y redistribución de los recursos), se vislumbra lo que por vía jurisprudencial, la Corte Constitucional ha señalado ampliamente y ha tenido a bien denominar ¿Faceta prestacional¿ del Derecho a la Educación, en los siguientes términos:
¿El derecho al acceso a la educación superior tiene carácter prestacional y se traduce en la obligación del Estado de fomento al acceso a la educación superior, mediante los mecanismos que considere pertinentes (¿).
El propio constituyente consideró relevante establecer como uno de los medios para el cumplimiento de esa obligación y la consecuente eficacia de esa faceta del derecho fundamental a la educación, el diseño e implementación de políticas de carácter financiero que faciliten el acceso al servicio de educación superior a la población interesada, y en condiciones de ingresar a ese ciclo de formación. En tal sentido, dispone el inciso 4º del artículo 69 de la Carta que ¿El Estado facilitará mecanismos financieros que hagan posible el acceso de todas las personas aptas a la educación superior¿[2][2].
Así mismo no en vano el alto tribunal señala:
¿(¿) Para el cumplimiento de la obligación descrita, el legislador ha decidido entregar al Icetex un papel protagónico en el escenario previamente esbozado. Así, el Instituto maneja recursos públicos prioritarios para el gasto social y su Junta Directiva posee amplias atribuciones en materia de desarrollo de políticas públicas para el acceso a créditos educativos. Imprescindible, por lo tanto, resulta indicar que sus funciones deben ser ejercidas dentro de la responsabilidad de ser garante por el respeto de la faceta de accesibilidad al derecho a la educación, por una adecuada gestión de los recursos y por la eficiencia y universalidad en la prestación del servicio (¿)¿[3][3].
4. Impacto fiscal
Según el presupuesto que ha señalado el Gobierno que tiene destinado para este propósito es de 1.2 billones de pesos para implementar esta política en los próximos cuatro años.
PROPOSICIÓN
Por lo anteriormente expuesto, me permito solicitar a la Comisión Sexta Constitucional Permanente del Senado de la República, dar primer debate al Proyecto de ley número 071 de 2010, 101 de 2010 Cámara, acumulados número 120 de 2011 Senado, por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3, y se dictan otras disposiciones, con el pliego de modificaciones propuesto adjunto.
Presentado por
Honorable Sena dor Plinio Olano Becerra,
Ponente.
PLIEGO DE MODIFICACIONES PROPUESTO PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 071 DE 2010 CÁMARA, ACUMULADO CON EL PROYECTO NÚMERO 101 DE 2010 CÁMARA
por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3 y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Se Suprime del texto propuesto la frase ¿más la inflación causada en el año inmediatamente anterior, publicada de manera oficial por el Dane¿; el artículo 1° quedará así:
Artículo 1°. Los beneficiarios de crédito para educación superior de pregrado otorgados por el Icetex, pertenecientes a estratos 1, 2 y 3, y que tengan calidad de estudiantes a partir de la promulgación de esta ley, se les concederá un subsidio equivalente al 100% de los intereses reales que se hayan generado por dicho crédito. Por tanto, el beneficiario deberá asumir el pago sólo del capital.
Artículo 2°. Modifíquese el artículo 2° del texto propuesto, el cual quedará así:
Artículo 2°. Para acceder al beneficio descrito en el articulado anterior, se debe cumplir lo siguiente:
1. Demostrar que el beneficiado o sus padres pertenecen al Sisbén 1, 2 y/o 3.
2. Que su resultado de las Pruebas Saber Pro (Anterior Ecaes) estén ubicados en el decil superior en su respectiva área.
3. Haber terminado su programa educativo en el periodo señalado para el mismo.
Artículo 3°. El artículo 3° quedará igual:
Artículo 3°. La Nación garantizará y destinará al Icetex los recursos requeridos para compensar los ingresos que deja de percibir por los conceptos anteriores.
Artículo 4°. El artículo 4° quedará igual:
Artículo 4°. La presente Ley rige a partir de su promulgación y publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Presentado por
Honorable Senador Plinio Olano Becerra,
Ponente.
TEXTO PROPUESTO PARA PRIMER DEBATE AL PROYECTO DE LEY NÚMERO 071 DE 2010 CÁMARA, ACUMULADO CON EL PROYECTO NÚMERO 101 DE 2010, CÁMARA
por la cual se otorgan beneficios a estudiantes de pregrado, con calidad de estudiantes a partir de la vigencia de esta ley, de estratos socioeconómicos 1, 2 y 3 y se dictan otras disposiciones.
El Congreso de Colombia
DECRETA:
Artículo 1°. Los beneficiarios de crédito para educación superior de pregrado otorgados por el Icetex, pertenecientes a estratos 1, 2 y 3, y que tengan calidad de estudiantes a partir de la promulgación de esta ley, se les concederá un subsidio equivalente al 100% de los intereses reales que se hayan generado por dicho crédito. Por tanto, el beneficiario deberá asumir el pago sólo del capital.
Artículo 2°. Para acceder al beneficio descrito en el articulado anterior, se debe cumplir lo siguiente:
1. Demostrar que el beneficiado o sus padres pertenecen al Sisbén 1, 2 y/o 3.
2. Que su resultado de las Pruebas Saber Pro (Anterior Ecaes) estén ubicados en el decil superior en su respectiva área.
3. Haber terminado su programa educativo en el periodo señalado para el mismo.
Artículo 3°. La Nación garantizará y destinará al Icetex los recursos requeridos para compensar los ingresos que deja de percibir por los conceptos anteriores.
Artículo 4°. La presente ley rige a partir de su promulgación y publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.
Presentado por
Honorable Senador Plinio Olano Becerra,
Ponente.

viernes, 11 de mayo de 2012

LA POLÉMICA REFORMA A LA JUSTICIA.

COMUNICADO DEL CONSEJO DE ESTADO.


09/05/2012

LA SALA PLENA DEL CONSEJO DE ESTADO EN SESIONES DE LOS DÍAS 8 Y 9 DE MAYO, ACORDÓ HACER LA SIGUIENTE DECLARACIÓN SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL A LA JUSTICIA

DECLARACIÓN DEL CONSEJO DE ESTADO SOBRE EL PROYECTO DE REFORMA CONSTITUCIONAL A LA JUSTICIA

La Sala Plena del Consejo de Estado en sesiones de los días 8 y 9 de mayo acordó hacer la siguiente declaración:

Como es conocido por la opinión pública, los presidentes de la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, el Fiscal General de la Nación y los coordinadores ponentes del proyecto de reforma constitucional a la justicia acordaron el pasado 3 de mayo con el señor Presidente de la República, en un documento de diez puntos, que la reforma tendría como norte el fortalecimiento de la rama judicial, la descongestión de la justicia y la administración autónoma de la rama.

El Consejo de Estado, confiando en la seriedad de este compromiso suscrito por las más altas autoridades nacionales, esperó verlo fielmente materializado en el texto de la ponencia para segundo debate en el Senado –sexto debate del proyecto de reforma-. Sin embargo, la Corporación ha encontrado que el pliego de modificaciones, propuesto por los señores coordinadores ponentes del proyecto, se aparta en muchos de sus puntos de lo concertado y contradice las declaradas premisas de fortalecimiento y autonomía de la rama.

Son especial motivo de preocupación para el Consejo de Estado algunas propuestas que evidentemente vulneran la autonomía de la rama judicial y debilitan la justicia, tales como:

• La pretensión de atribuir funciones judiciales a abogados en ejercicio, en calidad de “jueces adjuntos”, que pone en manos privadas y sin vínculos institucionales estables la administración de justicia, aplaza lo que debería ser una reforma estructural y definitiva de la Rama Judicial (artículo 2°).

• La nueva figura de “suspensión” de la investidura, hasta por un año, que desnaturaliza la pérdida de investidura de congresistas y resta eficacia a un instrumento de moralización política y de control ético que mucho ha contribuido a la defensa y fortalecimiento institucional del Congreso de la República (artículos 7° y 8°).

• Las medidas presupuestales previstas para la justicia, que apenas permiten la continuidad de un precario funcionamiento, y no contemplan las inversiones que serían necesarias para lograr una transformación histórica de este servicio fundamental (artículo 12).

• La presencia del Ejecutivo en el Sistema Nacional de la Administración Judicial a través de dos ministros (artículo 20).

• La excesiva y antitécnica atribución de funciones al Director Ejecutivo de Administración Judicial y su sometimiento a control político por parte del Congreso de la República, mediante citación a debate y moción de censura, que vulnera en forma ostensible los principios de separación de poderes y autonomía administrativa de la Rama Judicial (artículo 21).

• El esquema contenido en la ponencia sobre la Sala de Gobierno Judicial que además de ignorar el valor de sistema de carrera judicial, en nada mejora el diseño constitucional actualmente vigente de la Sala Administrativa del Consejo Superior de la Judicatura, organismo con el cual se logró la autonomía administrativa y presupuestal de la Rama.

• El levantamiento del conflicto de intereses para el desarrollo legal del presente Acto Legislativo, la introducción de ingredientes totalmente ajenos a la reforma a la justicia y el debilitamiento de los controles penales, disciplinarios y de pérdida de investidura de los congresistas vulneran igualmente la motivación inicial sobre la que se edificó la propuesta de modificación constitucional.

En estas circunstancias el Consejo de Estado considera que no están dadas las condiciones para seguir dando curso a una modificación de la Constitución que de aprobarse en los términos de dicha ponencia resultaría contraria a los objetivos del Estado Social de Derecho.


Bogotá D.C., 9 de mayo de 2012

VIA JUNIN BARBACOAS: UN TRIUNFO DEL PUEBLO

Felicitaciones a la Gobernación de Nariño, al Movimiento de Piernas Cruzadas y sobre todo, al Poder Judicial, por haber emitido esa sentencia historica, gracias a la cual se asignaron los recursos necesarios para pavimentar la carretera. VIVAN LOS DERECHOS HUMANOS. VIVAN LAS JUSTAS REIVINDICACIONES DE BARBACOAS Y DE NARIÑO TODO PARA QUE LA VIA DE LA MUERTE SEA UNA COSA DEL PASADO. FUNDACION JURIDICA POPULAR, EN PIE DE LUCHA POR LAS CAUSAS SOCIALES Y LOS JUSTOS RECLAMOS DEL PUEBLO.

ESTE SABADO SINTONICE EL ABOGADO EN CASA

LOS INVITAMOS A PARTICIPAR EN NUESTRO PROGRAMA INSTITUCIONAL: "El Abogado en Casa", POR RADIO VIVA. Tels. 7219066-7219366, MAÑANA SABADO, DE 8 A 9 A.M. TENDRA LUGAR UN BALANCE DEL DEBATE AL PREDIAL Y LAS ACCIONES A SEGUIR, CON LOS TRES CONGRESISTAS CONVOCANTES Y DELEGADOS PARTICIPANTES AL EVENTO.

NOS INTERESA CONOCER SUS PLANTEAMIENTOS. LLAMENOS.

lunes, 7 de mayo de 2012

EL ABOGADO EN CASA: Debate de Control Polìtico

El Abogado en Casa.

DEBATE DE CONTROL POLÍTICO AL MINISTRO DE HACIENDA Y DIRECTOR GENERAL DEL IGAC



Por: Luis Carlos España Gómez.
fundacionjuridicapopular@gmail.com
Tel: 7224823 Cel: 3148927116


Este martes, 8 de mayo a partir de las 10 a.m. será televisado el DEBATE DE CONTROL POLITICO, en la Comisión Segunda del Senado, en contra del Ministro de Hacienda y el Director Nacional del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, con relación a la actualización catastral, proceso que ha sumido en una crisis a la ciudad de Pasto, ameritando pronunciamientos en el Congreso de la República a favor de la DECLARATORIA DE EMERGENCIA SOCIAL Y ECONOMICA.


La FUNDACION JURIDICA, O.N.G. que lidera las demandas y demás acciones de tipo jurídico interpuestas a favor de las personas víctimas del Predial, anuncia que su Director Ejecutivo participara en el Debate, denunciando las irregularidades del proceso seguido para adoptar la actualización catastral, la contratación de personal no idóneo y la publicación extemporánea en el DIARIO OFICIAL del 29 de enero de 2012, lo cual significa que el acto administrativo inicia su vigencia el 1 de enero de 2013, no siendo aplicable para este año.


Al efecto, presentaremos un DOSSIER CONTENIENDO LAS PRUEBAS PRESENTADAS EN LOS ESTRADOS JUDICIALES, y el Derecho de Petición presentado al Concejo Municipal de Pasto , solicitando APRUEBE UNA PROPOSICIÓN PIDIENDO AL GOBIERNO NACIONAL, LA PRORROGA DE LA ACTUALIZACIÓN CATASTRAL POR EL AÑO 2012 Y SU REESTRUCTURACION PARA EL 2013 DE ACUERDO A LAS ESPECIALES CONDICIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS DE PASTO, al tenor del articulo 10 de la ley 14 de 1983.



DEBATE DE CONTROL POLÍTICO AL MINISTRO DE HACIENDA Y DIRECTOR GENERAL DEL IGAC

LA FUNDACIÓN JURÍDICA INVITA A SEGUIR EL DEBATE A CONTROL POLÍTICO, A REALIZARSE MAÑANA MARTES, A PARTIR DE LAS 10 A.M. EN LA COMISIÓN SEGUNDA DEL SENADO. SE TRANSMITIRÁ EN SEÑAL INSTITUCIONAL.

POR OTRA PARTE INFORMAMOS QUE EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA FUNDACIÓN PARTICIPARA EN ESTE DEBATE, DENUNCIANDO LAS IRREGULARIDADES DEL PROCESO DE ACTUALIZACIÓN CATASTRAL, LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL NO IDÓNEO PARA LOS AVALUOS, Y PRESENTARA UN DOSSIER CONTENIENDO LAS PRUEBAS PRESENTADAS EN LAS ACCIONES JURÍDICAS INTERPUESTAS A FAVOR DE LAS VICTIMAS DEL PREDIAL.

IGUALMENTE, ESTAMOS SOLICITANDO FORMALMENTE AL CONCEJO MUNICIPAL DE PASTO, MEDIANTE DERECHO DE PETICIÓN, APRUEBE UNA PROPOSICIÓN SOLICITANDO LA PRORROGA DE LA ACTUALIZACIÓN CATASTRAL POR EL AÑO 2012 Y SU REESTRUCTURACION PARA EL 2013 DE ACUERDO A LAS ESPECIALES CONDICIONES SOCIALES Y ECONÓMICAS DE PASTO, AL TENOR DEL ARTICULO 10 DE LA LEY 14 DE 1983,.

TODOS A APOYAR EL DEBATE.

TODOS A APOYAR LA ACCIÓN POPULAR Y LA DEMANDA DE NULIDAD.

POR NUESTROS LEGÍTIMOS DERECHOS. NI UN PASO ATRÁS.

domingo, 6 de mayo de 2012

HOY ARRANCA LA PARILLA



"LA PARRILLA", es el nuevo magazin al aire. Los invitamos a sintonizarnos en Radio Viva, dial 1250 del A.M. lunes a viernes de 4 a 6 p.m. "La Parrilla, donde solo se prepara lo mejor": noticias, opinión, musica y participacion de los oyentes. 
Usted nos consulta, nosotros le respondemos. 

LA PARRILLA, SU MAGAZIN AL AIRE. 

Con NICOLAS TORO MUÑOZ y LUIS CARLOS ESPAÑA GOMEZ.

Iniciamos hoy,  17 de mayo a las 4 p.m. 
Temas:           El drama de los motociclistas en Pasto, y de los contribuyentes del Impuesto Predial. 
                      Mañana: El TLC: estamos preparados?
Por internet: www.radioviva.com.co
RADIOVIVA.COM.CO - Organización Solarte S.C.A.
www.radioviva.com.co
Emisora Radioviva 1250 AM desde San Juan de Pasto, Nariño
.

viernes, 4 de mayo de 2012

REUNION CUMPLIMIENTO SENTENCIA VIA JUNIN-BARBACOAS

ESTE VIERNES, 4 DE MAYO, A LAS 2 P.M. SE LLEVARA A CABO LA REUNION DEL COMITE DE VERIFICACION DE LA SENTENCIA PROFERIDA POR EL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NARIÑO, EN LA ACCION POPULAR VIA JUNIN-BARBACOAS, INTERPUESTA POR LA FUNDACION JURIDICA.

EL FALLO ORDENO A INVIAS, DEPARTAMENTO DE NARIÑO Y MUNICIPIO DE BARBACOAS, GARANTIZAR LA TRANSITABILIDAD DE LA VIA, MEDIANTE LA ADOPCION DE TODAS LAS MEDIDAS PERTINENTES, FIJANDO COMO PLAZO EL 21 DE JULIO DE 2012.

PUEBLO BARBACOANO Y NARIÑENSES TODO, LA SENTENCIA NO ES NUESTRA, ES DE USTEDES. UTILICEN ESTA HERRAMIENTA CONSTITUCIONAL Y EXIJAN SUS LEGITIMOS DERECHOS, RECONOCIDOS EN ESTA ORDEN JUDICIAL, DE CARÁCTER, DEFINITIVO, POR TRATARSE DE SENTENCIA DE SEGUNDA INSTANCIA.

INFORMES: fundacionjuridicapopular@gmail.com
Tel: 7224822 Cel: 3148927116